Con fecha 2 de diciembre del 2009 entró en vigor la ley N° 20.393 sobre responsabilidad penal de personas jurídicas en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y cohecho, legislación a la cual se fueron agregando sucesivamente nuevas figuras penales.
En esencia, la Ley N° 20.393 establece que existen ciertos tipos de delitos que, en caso de ser cometidos por una persona natural y vayan directamente en beneficio de un tercero, la sanción no sólo recae sobre la persona que comete la acción, sino que también considera un castigo a la persona jurídica detrás de ella, siempre y cuando el hecho delictual sea consecuencia del incumplimiento de las tareas de dirección y supervisión por parte de la Fundación.